viernes, 11 de mayo de 2012

Las retenciones en la nómina



Las retenciones que se descuentan al trabajador en su nómina son practicamente dos, por un lado estan las retenciones que se aplican como si fuera el pago anticipado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y que el trabajador se deducirá en la Declaración de la Renta del año siguiente a efectos de determinar si queda algo de su impuesto pendiente de liquidar y por el otro las Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.

A los devengos que perciben los trabajadores en su recibo de nómina se les practica una serie de retenciones o deducciones que una vez restadas del importe íntegro, dan lugar a la cantidad que realmente percibirá el trabajador. Éstas son las retenciones que se han de practicar:

Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.

La aportación del trabajador a la Seguridad Social por la denominada cuota obrera es el resultado de la suma de las cuotas que se obtienen de aplicar los tipos de cotización a las bases calculadas. El resultado se refleja en el recibo de salarios

• Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Cuando los empresarios pagan rendimientos del trabajo o prestaciones por cuenta de la Seguridad Social están obligadosa retener unos determinados porcentajes a cuenta de la liquidación anual del IRPF.
El porcentaje de retención a aplicar depende de varios elementos, como el importe anual de las retribuciones, el estado civil del trabajador, el número de descendientes, la edad de los mismos, si el cónyuge trabaja, el importe anual de las retribuciones del cónyuge, y los ascendientes discapacitados.

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