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lunes, 13 de enero de 2014

Cálculo porcentaje retención IRPF 2014


 
 
Como otros años por esta fechas muchos trabajadores ya están pensando en el  porcentaje de IRPF que la empresa les aplicara en su nomina a partir de enero y para ello la Agencia tributaria ya tiene disponible en su pagina Web un servicio on line de cálculo del porcentaje retención IRPF 2014.
 
Con este instrumento el contribuyente podrá calcular la cuantía y el tipo de retención que le correspondan, en función de las retribuciones abonadas o satisfechas, conforme se establece en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en sus artículos 80 y siguientes.
 
Os dejo el enlace de acceso:

lunes, 7 de enero de 2013

Cálculo porcentaje retención IRPF 2013

 
Como es habitual por estas fechas la Agencia tributaria a colgado en su web un simulador de renta, para que el que este interesado pueda ir calculando el porcentaje de retención que le tendrán que aplicar en su nomina.
 
Con este instrumento cada trabajador podrá calcular la cuantía y el tipo de retención que le correspondan en función de las retribuciones abonadas o satisfechas, conforme se establece en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en sus artículos 80 y siguientes.
 
El servicio on line para el cálculo de retenciones que ofrece la Agencia Tributaria  permite realizar los cálculos sin necesidad de instalar el programa de ayuda en el equipo del usuario.
 
 

jueves, 9 de febrero de 2012

Como calcular la retencion de IRPF

Según el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, para calcular las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo se deberá tener en cuenta lo siguiente:
  • Las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan a perceptores a quienes se hayan practicado retenciones en el mes de enero y siempre que no se trate de rendimientos correspondientes a ese mes, se calcularán practicándose la regularización correspondiente y obteniéndose, por tanto, un nuevo tipo de retención, tomando en consideración la suma de la escala de retención del artículo 85.1.1.º del RIRPF y la escala de incrementos de la cuota de retención aprobada en el Real Decreto-Ley 20/2011:

 
HastaCuotaResto hastaPorcentaje
0,000,0017.707,2024,75%
17.707,204.382,5315.300,0030,00%
33.007,208.972,53 20.400,0040,00%
53.407,2017.132,53 66.593,0047,00%
120.000,2048.431,24 55.000,0049,00%
175.000,2075.381,24 125.000,0051,00%
300.000,20 139.131,24En adelante52,00%

¿Como Regularizaremos el tipo de retención en febrero?
La regularización del tipo de retención, que se practicará a partir del 1 de febrero de 2012 aunque no haya variado ninguna variable relevante al efecto, se llevará a cabo del siguiente modo:

a) Se calcula una nueva cuota de retención, aplicando a la «base para calcular el tipo de retención» (art. 83 del Reglamento del IRPF) los tipos que resulten de la escala indicada.

b) La cuantía resultante se minorará en el importe derivado de aplicar la misma escala al importe del «mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención» (art. 84 del Reglamento), sin que el resultado de esta minoración pueda resultar negativo.

c) Se procederá a calcular un nuevo tipo previo de retención, multiplicando por 100 el cociente obtenido de dividir la nueva cuota de retención por la cuantía total de las retribuciones y redondeando el resultado al entero más próximo, y un nuevo importe previo de la retención, aplicando el tipo previo obtenido a la cuantía total de las retribuciones. (Arts. 86.1, 2.º y 3.º párrafos, del Reglamento).

d) Este nuevo importe previo de retención se minorará, si procede, en la cuantía de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo (art. 85 bis del Reglamento), así como en la cuantía de las retenciones e ingresos a cuenta practicados en el mes de enero.

e) El nuevo tipo de retención aplicable a partir del 1 de febrero se obtendrá multiplicando por 100 el cociente obtenido de dividir el resultado del apartado anterior entre la cuantía total de las retribuciones que resten hasta el final del año y se expresará con dos decimales.

Este procedimiento, establecido por la normativa vigente, conduce a que la regularización no se concentre en el mes de febrero, sino que para bien o para mal, se distribuya a lo largo de los once meses restantes (febrero a diciembre) de 2012.

Las operaciones indicadas anteriormente se podrán efectuar automáticamente, a partir del 1 de febrero de 2012, utilizando la nueva versión del Programa de Ayuda para el cálculo de las retenciones.

 Para determinar el tipo e importe de las retenciones correspondientes a perceptores contratados con posterioridad al día 31 de enero de 2012, se podrá utilizar la nueva versión del Programa de Ayuda sin necesidad de practicar la regularización a que se ha hecho referencia anteriormente, con independencia de las regularizaciones que pudieran proceder por otros motivos.

miércoles, 28 de diciembre de 2011

Cálculo Porcentaje Retención IRPF 2012

El programa de ayuda elaborado por la Agencia Tributaria para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2012, ya se encuentra disponible. Como novedad para 2012, hay disponible un nuevo servicio on line para el cálculo de retenciones que no requerirá descarga del programa en el equipo del usuario.

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