La Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
El artículo 113 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, establece las bases
y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad de los
trabajadores autónomos, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para
el ejercicio 2013.
En esta Orden no sólo reproducen las bases y tipos de cotización reflejados en el artículo 113 de la LPGE 2013, sino que tambien se adaptan las bases de cotización establecidas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial, que según señala el artículo 36 de la Orden ESS/56/2013 "se efectuará en
razón de la remuneración efectivamente percibida en función de las horas
trabajadas en el mes que se considere", y de acuerdo con el artículo
37, "a partir de 1 de enero de 2013, las bases mínimas por
horas aplicables a los contratos de trabajo a tiempo
parcial, serán las siguientes: